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Las Comisiones Informativas Permanentes del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, están compuestas en la actualidad por los siguientes miembros:
COMISION DE URBANISMO, OBRAS PÚBLICAS Y MEDIO AMBIENTE:
D. Miguel Angel Sierra Baz, D. Jesús Manuel Amor López y Dª Isabel Noblejas Peralta y Dª María García Muñoz. Dº Raquel Medina Nuevo, y Dª Mª Soledad Cerezo Izquierdo. D. Ricardo Almoharín Calzas.
COMISION DE HACIENDA, REGIMEN INTERIOR Y PERSONAL:
Dª María García Muñoz, Dª Verónica Raquel Llorente Fernández, D. Jesús Manuel Amor López y Dª Isabel Noblejas Peralta. Dª Raquel Medina Nuevo y D. Juan Carlos Maestro Mogena. Dª Ángela Miguel Hidalgo.
COMISIÓN DE SERVICIOS GENERALES:
Dª María García Muñoz, D. Jesús Manuel Amor López, Dª Isabel Noblejas Peralta, y Dª Verónica Raquel Llorente Fernández. Dª Mª Soledad Cerezo Izquierdo y D. Iñaki Rodríguez Jiménez. Dª Ángela Miguel Hidalgo.
COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS:
Dª Mª Dolores Yuste García, Dª María García Muñoz. D.Jesús Manuel Amor López y Dª Isabel Noblejas Peralta. D. Juan Carlos Maestro Mogena y D. Iñaki Rodríguez Jiménez. Dª Ángela Miguel Hidalgo.
COMISIÓN DE HONORES Y DISTINCIONES:
D. José Demófilo Pascual Marcos, Dª Mª Milagros Rodicio Goyanes, Dª María García Muñoz y Dª Verónica Raquel Llorente Fernández. Dª Raquel Medina Nuevo y D. Iñaki Rodríguez Jiménez. Dª Ángela Miguel Hidalgo.
En uso de las facultades que me confiere la legislación vigente y de acuerdo, así mismo, con la Organización Municipal prevista en el Reglamento Orgánico Municipal, y a fin de permitir la agilización de la gestión municipal, y que la misma se traduzca en la mejora de los servicios públicos que se prestan desde este Ayuntamiento a los ciudadanos,
PRIMERO.- Nombrar Concejales Delegados de la Alcaldía a los siguientes Concejales:
SEGUNDO.- Las atribuciones de las delegaciones comprenderán la dirección interna y la gestión de los servicios correspondientes. Podrá asimismo el Delegado realizar propuestas de gastos en la Concejalía de su competencia.
TERCERO.- En los casos de los Concejales Delegados de Urbanismo, Hacienda, Régimen Interior y Personal, tendrán atribuida a sí mismo la facultad de emitir actos administrativos que afecten a terceros, excepto en aquellas atribuciones delegadas expresamente en la Junta de Gobierno Local.