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El poder desistir de una compra o de la contratación de un servicio, es un derecho que asiste al consumidor  en los contratos de compra-venta o de servicios celebrados fuera de establecimientos comerciales. A través de este derecho, el consumidor puede desistir de una compra o de un contrato, sin necesidad de justificación ni penalización, dentro del periodo de 14 días naturales desde la compra o entrega del producto o desde la firma del contrato si se ha solicitado una prestación de servicios. Salvo que el empresario haya aceptado asumir los gastos de devolución o no informe al consumidor que le corresponde asumir dichos costes, los gastos de devolución los debe asumir el consumidor o usuario.

Este derecho no es aplicable a los siguientes casos:

1.-Cuando se ha contratado un servicio y éste ha sido totalmente ejecutado.

2.-Suministro de bienes o prestaciones de servicios cuyo precio depende de fluctuaciones del mercado financiero que el empresario no puede controlar.

3.-Bienes que puedan deteriorarse o caducar con rapidez

4.-Bienes que hayan sido desprecintados y no puedan ser devueltos por razones de salud e higiene (ropa interior, cepillo de dientes…)

5.-Bienes que teniendo en cuenta su naturaleza se hayan mezclado de modo indisoluble.

6.-Grabaciones sonoras, de video o programas informáticos que hayan sido desprecintados o contenidos digitales on line

7.-Prensa diaria, revistas, libros…

8.-Contratos celebrados mediante subastas públicas

9.-Servicios de alojamiento, transporte de bienes, alquiler de vehículos, comidas o servicios de ocio si en el contrato se prevé su ejecución en una fecha o periodo específico.

Dentro del periodo de 14 días naturales, el consumidor puede ejercer su voluntad de desistir  con una comunicación al empresario  por escrito y enviada de modo que quede constancia del mismo (burofax, certificación con acuse de recibo, correo electrónico…).

  • Aconsejamos realizarlo siempre por escrito y quedando constancia. La prueba de haber ejercido el derecho de desistimiento le corresponde al consumidor.

Una vez ejercido el derecho de desistimiento y devueltos los productos, el empresario dispone de un plazo máximo de 14 días naturales, para la devolución de todos los importes abonados. Si esto no se realiza, el consumidor podrá solicitar el doble de la cantidad abonada.

El ejercicio del derecho de desistimiento supone la extinción automática y sin coste alguno, para el consumidor, de cualquier contrato complementario a la compra,  que se haya realizado (financiación).

 

¿Y SI LA COMPRA O CONTRATACIÓN SE REALIZA DENTRO DE UN ESTABLECIMIENTO FÍSICO?

En este supuesto, solamente se puede ejercitar el derecho de desistimiento en dos casos:

1.-Si el establecimiento acepta devoluciones y así lo publicita. Si es así, el establecimiento pone el plazo de devolución y si ésta se realizará cambiando el producto, devolviendo el dinero o entregando vales por el importe de la compra.

2.-Si el producto se encuentra defectuoso y está en garantía. En estos casos se aplicará la garantía legal de dos años y si se rompe el contrato de venta, es obligatorio devolver el dinero en metálico.

  • Hay que recorda que la Ley no obliga a ningún establecimiento a aceptar devoluciones, es decisión del propio establecimiento y si lo realiza pone sus condiciones. Solamente obliga en las compras a distancia o realizadas fuera de establecimientos comerciales.