Dña. RAQUEL MEDINA NUEVO, ALCALDESA-PRESIDENTA DEL AYUNTAMIENTO DE NAVALMORAL DE LA MATA
HAGO SABER
El Carnaval del Campo Arañuelo, así se denomina bajo el reconocimiento de Declaración de Interés Turístico Regional desde 1986, se prepara para vivir una nueva edición en Navalmoral de la Mata, esperando que sea un periodo de felicidad e ilusión para moralos, moralas y visitantes de todos los lugares del mundo.
Del 9 al 14 de febrero tenemos un compromiso con nuestra identidad, que es creativa, alegre, acogedora, incluyente e inclusiva. Y es que nuestro carnaval es auténtico y se celebra independientemente del régimen, de la lluvia y del frío.
En esta edición hay muchas novedades: hemos estrenado página web, nueva ubicación del museo, concurso de escaparates del carnaval, recuperado el concurso de Drag Queen y por primera vez un colectivo será pregonero, nuestro Moralo C.P. Todo ello gracias al empuje de vecinos/as, empresarios/as y por supuesto, de las peñas del carnaval, que nos mantienen expectantes ante el Gran Desfile de Comparsas y Carrozas.
Y para que todo salga perfecto, cada uno/a de nosotros/as tenemos que poner de nuestra parte para disfrutar con respeto y con civismo del Carnaval. Es por ello que vengo a dictar o recordar las siguientes:
NORMAS:
1º.- Se podrá autorizar por la Concejalía competente, el establecimiento de barras (vinculadas al establecimiento) en el exterior de bares, siempre que así sea solicitado y acepten las normas derivadas de la autorización, limitándose al espacio de concesión de terraza.
Esta autorización solamente se concederá en aquellos lugares que no supongan un problema de seguridad o circulación para las personas o los vehículos y, en cualquier caso, la autorización será únicamente para dispensación de bebidas desde el viernes día 9 hasta el miércoles 14 de febrero, durante el día y como máximo, hasta las 00:30 h. el sábado, lunes y martes; hasta las 00:00 h. el viernes y domingo; y hasta las 18:00 h. el miércoles.
Los establecimientos serán responsables de la limpieza del entorno afectado al final de cada jornada. De no respetar este extremo, se tendrá en cuenta para la concesión de futuras autorizaciones para el mismo solicitante.
2º.- A tenor de lo establecido en el artículo 15.2 de la Ley 2/2003, de 13 de marzo, de la convivencia y el ocio de Extremadura, por cuestiones de estricta seguridad, queda expresamente prohibido el denominado “botellón” en los tramos peatonalizados de la calle Antonio Concha y Urbano González Serrano, refiriéndose con esto a los asentamientos que se pudieran producir en estas ubicaciones por particulares de forma continuada con botellas, o envases similares, no suministrados por los establecimientos de hostelería autorizados para la dispensación de bebidas alcohólicas.
3º.- El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata no tolerará cualquier tipo de violencia o agresión sexista y perseguirá a quien lo ejerza. Las mujeres tienen derecho a ocupar la calle a cualquier hora del día o de la noche sin miedo y sin estar expuestas a este tipo de agresiones.
4º.- Por la Policía Local se extremará la vigilancia para sancionar las conductas incívicas que supongan satisfacer las necesidades fisiológicas en la vía pública o en cualquier otro espacio no destinado expresamente a tal fin, fundamentalmente en escaparates o portales de viviendas.